Antecedentes
La historia nos señala que ya desde antiguo diversos papas han
prestado una atención especial al hecho de la aparición
de la Cruz en Caravaca, así como a la rápida difusión
que tuvo el hecho y al peregrinaje que ha sostenido el santuario de la
Vera Cruz a través de la historia. Ya el papa Clemente VII, el
31 de enero de 1392, promulgó la concesión de indulgencias
a quienes visitaran y adoraran la sagrada reliquia en fechas especiales.
Más tarde el papa Clemente XIII hace lo mismo el 19 de febrero
de 1768 y el 1 de marzo de 1768, concediendo bulas e indulgencias para
los días 3 de Mayo y 14 de septiembre, días en que se festeja
especialmente la Santísima Cruz. Existe un precedente documentado
de concesión de Jubileo en el año 1583, en el contexto de
las Fiestas Mayores de la ciudad. Además de esto son numerosas
las Peregrinaciones oficiales que la Iglesia católica ha concedido
a la ciudad de la Cruz, como la de 1907, a nivel nacional, y la de 1944,
de índole regional y orientada a la juventud. Cabe resaltar también
las dos peregrinaciones nacionales de las Hermandades de la Vera Cruz
de toda España, que se dieron cita en el santuario caravaqueño
en Septiembre del año 1996 -en el contexto del Año Jubilar-,
y también en Octubre de 2000 -en el contexto del Año Santo
de La Encarnación de Jesús.
Sin embargo, el primer Año Jubilar como tal ocurrió en 1981,
en los primeros años del pontificado de Juan Pablo II.
El segundo Año Jubilar se celebró en 1996, concedido por
el mismo papa, otorgando indulgencia plenaria a los peregrinos que cumplieran
los requisitos anunciados por la Iglesia para tales ocasiones.
Año Jubilar "in perpetuum"
Hasta el mes de enero de 1998, sólo Roma, Jerusalén, Santiago
de Compostela y Potes gozaban del privilegio eclesiástico para
celebrar periódicamente años santos o jubilares. Apartir
de esta fecha es también la ciudad de Caravaca quien goza de este
extraordinario privilegio.
El día 9 de enero de 1998, la Penitenciaría Apostólica
de la Santa Sede, por mandato del Sumo Pontífice, remitió
al obispo de Cartagena, D. Javier Azagra Labiano, la concesión
para "poder conseguir Indulgencia plenaria con sentimientos de constricción
perfecta y bajo las condiciones usuales (confesión sacramental,
comunión eucarística y orar por las intenciones del Sumo
Pontífice) por los fieles cristianos que participen devotamente
en cualquier celebración en el Santuario de la Santísima
y Vera Cruz de Caravaca, o por lo menos reciten el Padre Nuestro o el
Credo".
Esta concesión se hace para los días 3 de mayo y 14 de septiembre;
también y siempre que los fieles peregrinen con devoción
al santuario, yendo en grupo; y una vez al año, en el día
que elijan los fieles.
Además, se concede Indulgencia plenaria en los días que,
cada siete años, se celebre la solemne Apertura y Clausura del
Año Jubilar, y en otros días de dicho año en los
cuales el obispo presida algún rito solemne.
El acta de concesión termina diciendo: "La presente concesión
es válida "in perpetuum". Sin que obste nada en contrario."
Aparte del sentido religioso de auténtica conversión cristiana,
único importante y verdadero en un jubileo, es verdad que Caravaca
tiene, con esta concesión de la Santa Sede, la oportunidad de proyectarse
al mundo en todos los términos, y aprovechar el seguro flujo de
visitantes para activar un mayor y deseado desarrollo local y comarcal.
Para conseguir esto se creó rápidamente la sociedad Caravaca
Jubilar, S.A. , participada por la Comunidad Autónoma de la región
de Murcia, el Excelentísimo Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz
y la Real e Ilustre Cofradía de la Santísima y Vera Cruz
de Caravaca. Caravaca Jubilar, S.A. tiene como objetivo principal la creación,
dotación y gestión de los centros y equipamientos culturales
creados sobre la base del proyecto "Caravaca de la Cruz, ciudad santa",
así como actividades y aprovechamiento de recursos que consoliden
a Caravaca como lugar de peregrinaje y centro cultural de primer orden
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